Artículo 15: Ley de Transparencia

1. Es información pública fundamental de los ayuntamientos:

I. La obligatoria para todos los sujetos obligados; el Ayuntamiento de Zapotiltic Jalisco, Administración 2021-2024, cumple con los requerimientos de la Ley de Transparencia y acceso a la información pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, publicando la información a través de su  portal zapotiltic.gob.mx en su apartado de Transparencia en el Artículo 8 y 15 de la Ley citada.

II. La integración del ayuntamiento, las comisiones edilicias y demás órganos que establezca su organigrama;

III. Los bandos de policía y gobierno, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones jurídicas expedidas por el ayuntamiento respectivo;

IV. Las iniciativas presentadas y las exposiciones de motivos de los reglamentos vigentes en el municipio;

V. Los instrumentos de planeación del desarrollo del municipio y sus modificaciones, de cuando menos los últimos tres años;

VI. Los reglamentos internos, manuales y programas operativos anuales de toda dependencia o entidad pública municipal vigentes y de cuando menos los tres años anteriores;

VII. Los programas de trabajo de las comisiones edilicias;

VIII. El orden del día de las sesiones del ayuntamiento, de las comisiones edilicias y de los Consejos Ciudadanos Municipales, con excepción de las reservadas;

IX. El libro de actas de las sesiones del ayuntamiento, convocatoria y lista de asistencia, las actas de las comisiones edilicias, así como las actas de los Consejos Ciudadanos Municipales, con excepción de las reservadas;

X. La gaceta municipal y demás órganos de difusión y publicación oficial municipal;

XI. La información de los registros públicos que opere, sin afectar la información confidencial contenida;

XII. Los recursos materiales (Bienes Muebles e Inmuebles), humanos y financieros asignados a cada dependencia y entidad de la administración pública municipal, detallando los correspondientes a cada unidad administrativa al interior de las mismas;

XIII. Los convenios y contratos celebrados para la realización de obra pública;

XIV. Los convenios de coordinación o asociación municipal;

XV. Los convenios para la prestación de servicios públicos coordinados o concesionados; 

XVI. El registro de los consejos consultivos ciudadanos, con indicación de la fecha de su creación, funciones que realizan, así como nombre y cargo de los integrantes;

XVII. El registro de las asociaciones de vecinos en el municipio, con indicación de la fecha de creación, nombre de las mismas, delimitación territorial que representan y datos generales de los miembros de sus directivas, así como de las uniones o federaciones en que se agrupen;

XVIII. El registro público de bienes del patrimonio municipal (Bienes Muebles e Inmuebles);

XIX. La relación del personal y los inventarios de bienes afectados a cada uno de los servicios públicos municipales, con excepción del servicio de seguridad pública y policía preventiva;

XX. El Programa Municipal de Desarrollo Urbano, los planes de desarrollo urbano de centros de población, y los planes parciales de desarrollo urbano;

XXI. La integración, las actas de las reuniones y los acuerdos del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano

XXII. Las autorizaciones de nuevos fraccionamientos y los cambios de uso de suelo junto con las consultas públicas realizadas con los colonos;

XXIII. Los indicadores de evaluación del desempeño,

XXIV. La estadística de asistencias de las sesiones del ayuntamiento, de las comisiones edilicias y de los consejos ciudadanos municipales, que contenga el nombre de los regidores y funcionarios que participan;

XXV. Los ingresos municipales por concepto de participaciones federales y estatales, así como por ingresos propios, que integre a la hacienda pública, y

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Zapotiltic es una ciudad y municipio de la Región Sur del estado de Jalisco, México. Se encuentra aproximadamente a 150 km al sur de Guadalajara. Según el Conteo de Población y Vivienda de 2020, el municipio tenía 33,713 habitantes; 49.3% hombres 50.7% mujeres. Su nombre proviene del náhuatl "Tzapotl-tiltic" y se interpreta como: "Lugar de Zapotes Negros". Posee una extensión territorial de 510.92 km² y su población se dedica principalmente al sector terciario.

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